La sentencia fue dictada este jueves a la tarde por el Tribunal integrado por María Fernanda García de Zúñiga, Juan Carlos Zárate y Yolanda Portillo, luego de un extenso juicio oral que se inició en agosto y concluyó este jueves 24 de septiembre. La Fiscalía había solicitado una pena de 12 años de prisión.
Rivas escuchó el fallo acompañado de su abogada, Alba Zaracho. De acuerdo con los reportes posteriores a la sentencia, no deberá ingresar a prisión mientras la condena no quede firme, por lo que el caso todavía puede continuar en las instancias correspondientes.
EL TÍTULO QUE LO LLEVÓ HASTA LA JEM
El proceso judicial se originó en torno a la documentación utilizada por Rivas para acreditar su condición de abogado. La acusación fiscal sostuvo durante el juicio que el exlegislador no cursó efectivamente la carrera de Derecho ni defendió una tesis, pese a haber presentado documentación académica que acreditaba esa formación.
El caso adquirió especial relevancia porque aquella condición profesional le permitió avanzar en su carrera política e institucional.
El 9 de junio de 2020, el Ministerio de Educación y Ciencias registró el título de abogado de Rivas. Ese mismo día juró como representante de la Cámara de Diputados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). Posteriormente obtuvo su matrícula profesional ante la Corte Suprema de Justicia.
En julio de 2023 llegó incluso a ocupar la presidencia del JEM, organismo constitucional encargado de juzgar la actuación de jueces, fiscales y defensores públicos. Su permanencia al frente del organismo fue breve, en medio de los cuestionamientos surgidos alrededor de su título y sus antecedentes.
LA FISCALÍA PIDIÓ 12 AÑOS
Durante los alegatos finales, los fiscales Patricia Sánchez, Luz Guerrero y Christian Benítez sostuvieron que las pruebas producidas durante el juicio demostraron que la trayectoria académica consignada en los documentos de Rivas no tenía correspondencia con una formación universitaria real y verificable.
El Ministerio Público pidió una condena de 12 años de prisión, argumentando que el caso debía ser considerado especialmente grave. La acusación sostuvo además que Rivas utilizó la documentación cuestionada para acreditar una condición profesional que le permitió ejercer funciones para las cuales se requería ser abogado.
La Fiscalía había señalado que el marco penal aplicable, atendiendo a las circunstancias consideradas agravantes, podía llegar hasta los 15 años de prisión. Finalmente, el Tribunal impuso una pena de ocho años.
LA DEFENSA PIDIÓ SU ABSOLUCIÓN
La defensa, encabezada por la abogada Alba Zaracho, pidió la absolución de Rivas y cuestionó que la Fiscalía hubiera demostrado una conducta concreta atribuible a su cliente.
También sostuvo que algunos de los hechos relacionados con su designación como representante de la Cámara de Diputados ante el JEM ya se encontraban prescritos. La defensa planteó además dudas sobre la forma en que se construyó la acusación y reclamó la aplicación del principio de presunción de inocencia.
Rivas, por recomendación de su defensa, decidió no declarar durante el juicio. Antes de la deliberación, el Tribunal le dio nuevamente la posibilidad de ejercer su derecho a declarar, pero el exsenador se mantuvo en silencio.
UNA CAUSA QUE ESTUVO A PUNTO DE CERRARSE
El juicio oral tampoco fue el primer escenario en el que estuvo en juego la continuidad de la causa.
En octubre de 2025, un Juzgado Penal de Garantías había declarado la prescripción respecto de uno de los hechos investigados y la causa estuvo cerca de quedar definitivamente cerrada. Posteriormente, las instancias de apelación confirmaron esa decisión y se llegó incluso al sobreseimiento definitivo.
Sin embargo, el Ministerio Público recurrió ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que en mayo de 2026 hizo lugar al recurso de casación, anuló las resoluciones anteriores y permitió que el proceso continuara hacia el juicio oral.
La decisión de la Corte fue procesal y no implicó, por sí misma, una declaración de culpabilidad de Rivas. El tribunal de sentencia fue finalmente el encargado de valorar las pruebas y determinar su responsabilidad penal.
LA INVESTIGACIÓN DE POSIBLES FALSOS TESTIMONIOS
Otro elemento que surge tras la sentencia es la situación de algunos testigos que declararon durante el juicio.
El Tribunal requirió al Ministerio Público que investigue la posibilidad de que determinados testigos hayan incurrido en testimonio falso al declarar a favor del exsenador. Esta derivación abre eventualmente una nueva investigación penal, independiente de la condena dictada contra Rivas.
IMPACTO INSTITUCIONAL DEL CASO
La condena trasciende la situación personal del exsenador debido al recorrido que tuvo el título cuestionado dentro de las instituciones públicas.
Rivas no solamente utilizó la documentación para acreditar una profesión: con base en esa condición llegó a ocupar un lugar en el JEM y posteriormente su presidencia, desde donde participó en un organismo constitucional que interviene en procesos contra magistrados.
Precisamente por ese motivo, durante el proceso la Fiscalía sostuvo que el caso tenía una dimensión institucional, mientras que distintos actores del ámbito jurídico y político plantearon interrogantes sobre los mecanismos de verificación de títulos y antecedentes utilizados antes de permitir su acceso a cargos de esa relevancia.
La sentencia de ocho años constituye ahora el principal desenlace judicial del caso, aunque no es todavía una condena firme. La defensa puede recurrir el fallo y serán las instancias superiores las que deberán resolver eventualmente sobre su confirmación, modificación o anulación.
El caso de Hernán Rivas deja así abierto un segundo capítulo: además de la discusión sobre la responsabilidad penal del exsenador, quedan por determinar las consecuencias institucionales de su paso por el JEM y las eventuales responsabilidades que pudieran surgir de las actuaciones de otras personas involucradas en la documentación que sustentó su carrera profesional.














Dejá tu comentario