La nueva reglamentación establece las reglas operativas, técnicas y comerciales para fomentar la participación de autogeneradores y cogeneradores en el Sistema Interconectado Nacional, permitiendo que particulares y empresas puedan producir e inyectar energía limpia a la red eléctrica administrada por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE).
El decreto designa al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) como autoridad encargada de dictar las resoluciones necesarias para determinar el peaje que deberán abonar los generadores por el transporte de energía eléctrica.
Para ello, la ANDE deberá elaborar anualmente, antes del 31 de marzo, un informe técnico detallando los costos de generación de energía, tanto propia como adquirida, considerando distintos horarios, niveles de tensión y pérdidas técnicas del sistema.
Con base en este informe, el MOPC establecerá la Tarifa de Referencia para Energías Renovables No Convencionales (ERNC), que servirá como parámetro para la remuneración de la energía inyectada al sistema.
TARIFA DIFERENCIADA SEGÚN TIPO DE GENERACIÓN
La reglamentación contempla que la tarifa podrá variar de acuerdo con la naturaleza del suministro:
Generación interrumpible: aquella cuyo despacho no puede garantizarse de forma continua. Su remuneración será equivalente al costo medio de generación de la ANDE.
Generación no interrumpible: aquella capaz de garantizar un suministro firme y permanente. La remuneración podrá incluir, además del costo medio de generación, la potencia firme, servicios auxiliares y la ubicación del punto de inyección.
En ningún caso la remuneración podrá superar el precio de la energía y potencia vigente en el pliego tarifario de la ANDE correspondiente al nivel de tensión respectivo.
CONTRATOS DE CONEXIÓN Y SUMINISTRO
El MOPC también deberá aprobar los lineamientos generales que regirán los Contratos de Conexión y Suministro ERNC entre la ANDE y los autogeneradores o cogeneradores.
Estos contratos deberán incluir aspectos como: Características técnicas del punto de conexión. Parámetros de calidad de la energía. Requisitos de medición bidireccional. Condiciones comerciales. Obligaciones de información. Causales de suspensión o rescisión. Régimen de cesión del contrato.
MARCO JURIDICO CLARO Y PREVISIBLE PARA ATRAER INVERIONES
La ANDE, como parte contratante, será responsable de establecer las condiciones particulares de cada acuerdo. Con esta reglamentación, el Gobierno busca crear un marco jurídico “claro y previsible” para atraer inversiones privadas en energías limpias, diversificar la matriz energética nacional y promover un uso más eficiente y sostenible de los recursos.
La medida, según el Gobierno, representa un paso importante para aprovechar el potencial del Paraguay en fuentes renovables no convencionales, fortaleciendo la seguridad energética y contribuyendo a la reducción de emisiones contaminantes.














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