• Nosotros
  • Cobertura
    • Cobertura TV
    • Cobertura Radio
TV
Radio
Noticias
viernes, mayo 1, 2026
RCC
  • Inicio
  • Nacionales
  • Chaco
  • Política
  • Deporte
  • Mundo
  • Programación
  • Publicidad
Sin resultado
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Nacionales
  • Chaco
  • Política
  • Deporte
  • Mundo
  • Programación
  • Publicidad
Sin resultado
Ver todos los resultados
RCC
Sin resultado
Ver todos los resultados
Fecoprod Anuncio Fecoprod Anuncio Fecoprod Anuncio

Senado aprueba proyecto de ley «de bienestar y protección animal», con excepciones claras

La Cámara de Senadores aprobó este miércoles el proyecto de ley, “de bienestar y protección animal”, con modificaciones, y lo devuelve a la Cámara de Diputados (de origen). El mismo exceptúa claramente a los animales destinados al aprovechamiento humano, en sus diversas modalidades alimenticias, que se regirán por lo establecido en las leyes especiales que rigen la materia, principalmente aquellas que se encuentran bajo la competencia del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) y bajo la competencia del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).

Julio Fleitas por Julio Fleitas
28/05/2025
en Política
Senado aprueba proyecto de ley «de bienestar y protección animal», con excepciones claras
Compartir en FacebookComparte via WhatsappCompartir en X
Salvando Vidas Salvando Vidas Salvando Vidas

La normativa tiene por objeto establecer los mecanismos para promover el bienestar de los animales y un marco jurídico para su “protección integral”. Asimismo, reconoce que los animales, como “seres sintientes”, deben ser tratados adecuadamente y protegidos del dolor, sufrimiento y malestar significativo, en conformidad con esta y otras leyes vigentes.

En relación al ámbito de aplicación, indica que sin perjuicio de las demás normas de protección faunísticas vigentes en el país, esta Ley será aplicable a todos los animales domésticos; (…), a los silvestres o exóticos en cautiverio; y a los animales de carga, tiro o producción en función al reconocimiento establecido en esta Ley. Como criterio de interpretación de la presente Ley, se estará por el principio de mayor protección y bienestar a los animales, señala.

Quedan excluidos de la presente Ley los animales destinados para el aprovechamiento humano, en sus diversas modalidades alimenticias, los cuales se regirán por lo establecido en las leyes especiales que rigen la materia, principalmente aquellas que se encuentran bajo la competencia del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA) y aquellos que están bajo el régimen de la competencia del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES); así como los que se encuentren regulados por otras leyes especiales que excluyan el alcance de esta ley, así como las de carácter deportivo, cultural y de entretenimiento.

Sostiene asimismo que la protección y fomento del bienestar de los animales se considera “una cuestión de interés público”, y que el Estado paraguayo impulsará, conforme con los principios de razonabilidad y proporcionalidad, acciones orientadas a: a) La prevención y el tratamiento del dolor y el sufrimiento de los animales en la medida de lo posible; b) La promoción de la salud y el bienestar de los animales, asegurándoles, según la especie y forma de vida, condiciones apropiadas para su existencia, higiene y sanidad; c) La progresiva erradicación y sanción del maltrato y los actos de crueldad hacia los animales; y, d) La implementación de programas educativos que promuevan el respeto y el cuidado de los animales y su difusión, a través de medios de comunicación masiva.

A los efectos de esta Ley, se entenderá por: (…) a) Animal doméstico: animal cuyo fenotipo se ha visto afectado por la selección humana y que vive dependiente de la supervisión o el control directo de seres humanos. b) Animal de compañía: animal doméstico que acompaña a los seres humanos en su vida cotidiana, ya sea por motivos sociales, educativos u otra índole permitida, por lo que no es destinado al trabajo, ni tampoco al sacrificio con fines de consumo.

  1. c) Animal silvestre en cautiverio: (…) el animal que se encontraba libre en su ámbito natural, (…) en ecosistemas protegidos o no, y (…) que fue objeto de captura en su medio natural, manteniéndose en un grado absoluto, permanente o relativo, bajo el dominio físico (…) de persona física o jurídica. d) Animal exótico en cautiverio: aquellos animales clasificados como tales según criterios nacionales e internacionales; que haya sido objeto de captura en su medio natural, manteniéndose en un grado absoluto, permanente o relativo, bajo el dominio físico de persona física o jurídica.
  2. e) Animal de carga, de tiro o de producción: animal utilizado para el trabajo o producción destinado al aprovechamiento humano. f) Animal de apoyo o asistencia: animal que ha sido adiestrado y/o entrenado a fin de ayudar y/o asistir a una persona con una determinada enfermedad, condición, trastorno y/o discapacidad en conformidad con las leyes vigentes, etc.

La autoridad de aplicación será la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal, en adelante la Dirección, entidad con personería jurídica de derecho público y patrimonio propio, que goza de autonomía normativa dentro del ámbito de su competencia y se rige por las disposiciones de esta Ley, las normas complementarias y sus reglamentos, será la autoridad de aplicación de la presente Ley. La Dirección se relaciona con el Poder Ejecutivo en forma directa.

 

Julio Fleitas

Julio Fleitas

Dejá tu comentario

Política de privacidad
1.- RCC SA no se responsabiliza por los comentarios u opiniones hechos por los lectores.
2.- RCC SA se reserva el derecho de eliminar comentarios que contengan palabras obscenas, groserías y comentarios inapropiados.
3.- Usuarios con perfiles falsos o que provean de información engañosa para registrarse serán borrados.
4.- RCC SA se reserva el derecho de cambiar los términos de la presente Política de Privacidad en cualquier momento.

Publicaciones Relacionadas

Salud Pública fortalece emergencias obstétricas en el Chaco con «Código Rojo»
Chaco

Salud Pública fortalece emergencias obstétricas en el Chaco con «Código Rojo»

01/05/2026
Inician obras de viviendas en Karandilla Poty tras histórica regularización de tierras
Chaco

Inician obras de viviendas en Karandilla Poty tras histórica regularización de tierras

01/05/2026
MIC instala Consejo Empresarial para fortalecer la agenda industrial y la articulación público-privada
Economía

MIC instala Consejo Empresarial para fortalecer la agenda industrial y la articulación público-privada

01/05/2026
Sportivo Luqueño celebra 105 años de pasión, gloria y resistencia
Deporte

Sportivo Luqueño celebra 105 años de pasión, gloria y resistencia

01/05/2026

Artículos más leídos

Aclaran situación del Hospital de Villa Choferes tras video viral
Chaco

Aclaran situación del Hospital de Villa Choferes tras video viral

29/04/2026
Noche de Copa en Barrio Obrero: El Ciclón se cita con la historia ante Palmeiras
Deporte

Noche de Copa en Barrio Obrero: El Ciclón se cita con la historia ante Palmeiras

26/04/2026
Municipio de Loma Plata lanza segunda convocatoria para venta de 220 lotes con alta demanda
Chaco

Municipio de Loma Plata lanza segunda convocatoria para venta de 220 lotes con alta demanda

28/04/2026
Nuevo intento para modificar ley de Médanos del Chaco para habilitar exploración de recursos naturales
Chaco

Nuevo intento para modificar ley de Médanos del Chaco para habilitar exploración de recursos naturales

29/04/2026
Cambio de mando estratégico en Libertad para el duelo copero
Deporte

Cambio de mando estratégico en Libertad para el duelo copero

27/04/2026
Carlos González se viste de héroe y lidera la remontada
Deporte

Carlos González se viste de héroe y lidera la remontada

16/04/2026
Facebook Instagram TikTok Twitter

Somos un Holding de medios del Chaco para todo el Paraguay, produciendo programas con contenido de valor, bendiciendo a las familias, hablando la verdad segun nuestra cosmovisión biblica, con noticias que impulsan a la transformación, destacando el trabajo de la Iglesia, promoviendo principios y valores cristianos a través de nuestros contenidos televisivos, radiales y escritos. Todo esto representa nuestra diferenciación competitiva.

Anuncie con nosotros

gerencia@rcc.com.py

Call Center

0986 964026 / 0491 433318

Todos los derechos reservados. RCC 2025. Powered by CONEX

  • TV en vivo
  • Radio en vivo
Sin resultado
Ver todos los resultados
  • Noticias
    • Nacionales
    • Chaco
    • Política
    • Deportes
    • Mundo
    • Programación
    • Publicidad
  • TV
    • TV en vivo
    • Programación
    • Cobertura TV
  • Radio
    • Radio online
    • Programación
    • Cobertura Radio

Todos los derechos reservados. RCC 2025. Powered by CONEX

-
00:00
00:00

Queue

Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00