Filadelfia, RCC.- En junio del año pasado el Senado aprobó que las trabajadoras domésticas perciban el 100% del salario mínimo. Sin embargo, en setiembre de ese mismo año, Diputados modificó esta versión bajando solo al 70% del salario mínimo.
El senador Carlos Filizzola, uno de los proyectistas y como miembro de la Comisión de Equidad y Género, expresó ante el Pleno que las trabajadoras del servicio doméstico deben percibir el salario mínimo vigente, “la igualdad ante la Ley es el pilar fundamental”, puntualizó.
Asimismo, el Legislador citó que unas 220.000 trabajadoras domésticas, podrían acceder a condiciones más dignas, eso representa el 16%, según datos proveídos del año 2013.
Otros Senadores también sentaron postura sobre el Proyecto, como el legislador Fernando Silva Facetti, quien declaró que la Constitución Nacional en su artículo 46 señala que no se admite discriminación. “Es un reclamo justo, de carácter y Constitucional”, sostuvo el parlamentario.
La Ley
El Artículo 1. Refiere a la modificación del artículo 10 de la Ley Nº 5407/15 del “Trabajo Doméstico” cuyo texto queda redactado como sigue:
Artículo 10. Salario Mínimo Legal.
Las trabajadoras y trabajadores domésticos se beneficiarán del régimen de salario mínimo legal para actividades diversas no especificadas establecido por el Poder Ejecutivo.
Las personas que desempeñen trabajo doméstico en turnos discontinuos o jornadas inferiores a la jornada máxima legal, no podrán recibir remuneraciones que sean proporcionalmente inferiores al salario mínimo legal para esta actividad.
Fuente: Cámara de Senadores
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