En ese período, se realizaron más de 20.000 coberturas de sitios estratégicos en todo el país, incluyendo bancos, sucursales financieras, cooperativas, casas de cambio, estaciones de servicio y espacios públicos de alta concurrencia. Estas acciones tuvieron como objetivo principal prevenir hechos delictivos y reducir los niveles de impunidad.
El despliegue policial también abarcó sectores sensibles como la educación y la salud. Se reforzó la seguridad en 6.800 escuelas públicas y 2.000 privadas, además de hospitales, farmacias, supermercados y centros penitenciarios, garantizando presencia policial en puntos clave para la vida cotidiana de la población.
A nivel operativo, la institución llevó adelante un promedio de 15 operativos preventivos diarios, con el apoyo de diversas instituciones del Estado, como programas de seguridad ciudadana, unidades especializadas y organismos de control. Este trabajo articulado permitió una mayor capacidad de reacción y control territorial.
Las autoridades destacaron que el aumento de controles no solo busca sancionar, sino disuadir conductas delictivas, fortalecer la confianza ciudadana y consolidar una Policía más cercana y visible.
De acuerdo con la nueva normativa, la Policía Nacional, como integrante de la fuerza pública, es una institución profesional, de estructura funcional jerarquizada, no deliberante y obediente conforme a la Constitución y las leyes de la República, que ajusta el ejercicio de su función a las normas constitucionales y legales, y funda su acción en el respeto a los derechos humanos y a la ética profesional.
Como órgano de seguridad interna del Estado, podrá hacer uso de la fuerza para el cumplimiento de su misión constitucional y funciones legales, conforme a las normas vigentes; y como integrante de la Fuerza Pública, dependerá jerárquicamente del órgano del Poder Ejecutivo, con el que se vinculará por medio del Ministerio del Interior, entre otras cosas.
ATRIBUCIONES Y FUNCIONES
Son atribuciones y funciones de la Policía Nacional: Preservar el Orden Público legalmente establecido. Proteger la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de las personas y entidades y de sus bienes. Prevenir la violencia y la comisión de hechos punibles, mediante la planificación basada en evidencia en coordinación con municipalidades, gobernaciones, organismos y entidades de la administración central y organizaciones de la sociedad civil.
Asimismo, investigar bajo dirección del Ministerio Público, los hechos punibles cometidos en cualquier punto del territorio nacional, de conformidad al alcance establecido en el Código Procesal Penal. Ejercer las facultades conferidas en el Código Procesal Penal, con sujeción a los principios básicos de actuación establecidos en la Constitución y las leyes.
Igualmente, verificar la identidad de las personas, en función preventiva o investigativa de un hecho punible, solicitando la presentación de documentos de identificación personal siempre que existan motivos para ello, lo que deberá explicar al afectado. En caso de que la persona no lo posea en el momento, se le dará la oportunidad de acreditar su identidad por algún medio fehaciente.
En caso de que no pudiere acreditar o se negare a exhibir su documento de identificación personal, se podrá utilizar los medios tecnológicos disponibles. En caso de que persistiere la necesidad de verificar la identidad, la Policía Nacional podrá ejercer la facultad coercitiva autorizada por el Código Procesal Penal.














Dejá tu comentario