Asunción, RCC.- Así lo expresó el jefe del departamento jurídico de Gestiones Internas de la Secretaría de Estado de Tributación (SET) el Abg. Fabio López, quien también explicó que quienes se deben preocupar por pagar este impuesto no son solo aquellos los que ganan tres salarios mínimos sino todos aquellos que exceden el tope del rango no incidido.
El abogado comentó que para el caso de personas físicas, este año llega al tope el rango “no incidido” cuyo monto este año es de 36 salarios mínimos anuales, que equivalen a 76 millones de guaraníes.
Detalló que la persona que tenga esos ingresos tiene que ir computando desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre y en caso de superar el monto anual previsto, desde el día siguiente esa persona física se convierte en contribuyente del Impuesto a la Renta Personal (IRP) y tiene que inscribirse en el RUC (Registro Único del Contribuyente) dentro de un plazo de 30 días hábiles, sin multa.
Añadió que posterior a ese procedimiento esa persona participa de una charla informativa de sus derechos y obligaciones y en caso que la misma ya se encuentre obligada por otro impuesto como ser el IVA, antes de una inscripción debe realizar una actualización de sus datos.
“Lo importante es que las personas que están teniendo ingresos alrededor de esos montos (6.400.000 gs.) de forma mensual, vaya computando sus ingresos grabados para ver si supera o no el rango no incidido”, indicó López.
El representante de la SET aclaró que como ingreso grabado incluye todo tipo de remuneración, cualquiera sea la denominación. Ejemplo: salarios, bonificaciones, subsidio familiar, plus y aguinaldos que estén por encima de lo que establece la ley del trabajo, etc.
“También tenemos que tener en cuenta que abarca a aquellas personas que trabajan de forma dependientes, es decir están aportando a un seguro social obligatorio y también a aquellos prestadores de servicios independientes. Abarca también a los cargos electivos, es decir, del IRP casi nadie se salva”, concluyó.
Dato importante:
Todo lo que se recauda en concepto de IRP se destina a obras y a inversiones de capital, según lo referido por el jefe del departamento jurídico de Gestiones Internas de la Secretaría de Estado de Tributación (SET).
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