Por ahora, el escenario todavía no es el de una demanda formal. La Procuraduría General de la República aclaró que actualmente no existe un arbitraje iniciado contra Paraguay y que la notificación abre un período de tres meses para buscar una solución amistosa. Si no se alcanza un acuerdo, Atome podría avanzar hacia un procedimiento arbitral internacional.
El proyecto de Atome contempla una inversión estimada en US$ 665 millones para la producción de fertilizantes de bajas emisiones en Villeta. La empresa sostiene que la viabilidad económica del emprendimiento se estructuró sobre determinadas condiciones regulatorias y tarifarias que posteriormente fueron modificadas.
¿DÓNDE COMIENZA EL CONFLICTO?
En entrevista con RCC Radio este viernes, el Ing. Fabián Cáceres, exdirector técnico de la ANDE, explicó que para comprender la controversia hay que remontarse a 2022, cuando Atome y la ANDE firmaron un contrato de conexión y suministro de energía eléctrica en 220 kV para su planta industrial de Villeta.
La propia ANDE informó en mayo de 2022 que el contrato establecía el suministro conforme a la Ley 966/64 y al Pliego de Tarifas N.º 21, destinado exclusivamente a la planta de producción de hidrógeno verde y amoníaco de Atome.
Para Cáceres, este punto es fundamental: Atome ingresó al país y suscribió un contrato dentro de un esquema tarifario existente. El problema posterior surgió cuando comenzaron las discusiones para establecer condiciones especiales y previsibles de largo plazo para el suministro eléctrico.
El especialista sostiene que las tarifas del Pliego 21 se encuentran desactualizadas y que, si bien una empresa puede contratar bajo las condiciones vigentes, esas condiciones no necesariamente significan que la tarifa vaya a permanecer congelada durante toda la vigencia del contrato.
EL PAPEL DE LOS DECRETOS DE 2026
La controversia se profundizó en enero de 2026, cuando el Poder Ejecutivo estableció, mediante los decretos 5306 y 5307, un régimen relacionado con el suministro de energía para proyectos vinculados a la denominada economía “Energía-a-X”.
Posteriormente, esos decretos fueron revocados. Atome sostiene que la decisión afectó el marco regulatorio sobre el cual había estructurado su proyecto, sus compromisos financieros y sus negociaciones con entidades internacionales.
Cáceres cuestiona precisamente la forma en que se establecieron aquellas condiciones. Según su interpretación, la definición de tarifas eléctricas debe respetar las atribuciones legales de la ANDE y no puede ser sustituida simplemente mediante un decreto que establezca condiciones diferentes.
El exdirectivo considera que este es uno de los puntos que deberá ser analizado en profundidad: qué autoridad podía fijar esas condiciones, cuál era su sustento legal y qué obligaciones concretas llegaron a generar los decretos antes de ser derogados.
Es importante distinguir aquí entre la opinión del especialista y una conclusión jurídica definitiva: la legalidad y los efectos de esas decisiones forman parte del núcleo de la controversia y podrían ser objeto de discusión en las instancias correspondientes.
¿QUÉ TARIFA ESTÁ EN DISCUSIÓN?
Según Cáceres, el problema no consiste solamente en cuánto pagará Atome por la electricidad, sino en quién asume el costo de mantener durante años una tarifa por debajo de los costos reales del sistema.
El ingeniero sostiene que una tarifa artificialmente baja podría terminar generando una diferencia que debería ser absorbida por la propia ANDE. Desde su perspectiva, la empresa estatal tiene que garantizar la disponibilidad de energía y realizar inversiones en generación, transmisión y distribución, por lo que el precio debe contemplar la sostenibilidad económica del servicio.
La propia ANDE ha señalado anteriormente que las tarifas para grandes consumidores deben considerar las inversiones necesarias para atender esas demandas y que la estructura tarifaria debe permitir la rentabilidad requerida por su marco legal.
Este aspecto adquiere especial relevancia porque no se estaría hablando simplemente de vender un eventual excedente ocasional. Cáceres remarca que una planta industrial de estas características requiere energía firme, es decir, disponibilidad garantizada para operar de manera continua.
EL TEMOR A UNA TARIFA CONGELADA
Uno de los principales puntos señalados por Cáceres es la pretensión de contar con una tarifa estable durante un período prolongado.
Según su explicación, Atome busca previsibilidad para poder desarrollar el proyecto y asegurar su estructura financiera. La empresa, por su parte, sostiene que las condiciones regulatorias sobre las cuales avanzó el proyecto fueron posteriormente alteradas y que esa modificación compromete su viabilidad económica.
La discusión, por tanto, enfrenta dos necesidades distintas: la previsibilidad que reclama el inversor y la sostenibilidad económica que debe preservar la ANDE.
Para Cáceres, si una tarifa se fija por debajo del costo real de provisión y permanece congelada durante años, la diferencia no desaparece: alguien debe asumirla.
Y allí aparece una de las principales preocupaciones expresadas durante la entrevista: que eventualmente esa diferencia pueda terminar afectando las finanzas de la empresa eléctrica estatal y, por extensión, al conjunto de usuarios.
UNA INVERSIÓN MILLONARIA FRENTE A LA SOSTENIBILIDAD DE LA ANDE
Atome presenta su proyecto como una inversión de US$ 665 millones, que considera la mayor inversión industrial extranjera individual proyectada en Paraguay. La empresa afirma además que ha avanzado en gestiones de financiamiento y compromisos vinculados al emprendimiento.
Cáceres no cuestiona la importancia de atraer capital extranjero ni el prestigio internacional de la compañía. Su planteamiento apunta a otro aspecto: una inversión importante no significa que Paraguay deba asumir una tarifa eléctrica que genere pérdidas para la ANDE.
“Nosotros los paraguayos no podemos subsidiarles” el beneficio que obtengan con la energía, sostuvo durante la entrevista, al plantear que cualquier acuerdo debe preservar tanto la inversión como los intereses económicos del país.
¿QUÉ PUEDE OCURRIR AHORA?
El aviso presentado el 17 de septiembre activa un período de negociación de aproximadamente tres meses. Atome plantea buscar una solución amistosa antes de recurrir al arbitraje internacional.
La empresa afirma que mantiene abiertas las conversaciones, mientras que el Gobierno paraguayo señala que está analizando sus planteamientos y que mantiene su disposición al diálogo, aunque también reivindica la defensa de los intereses del Estado.
Por ahora, por tanto, no existe una sentencia, una condena ni un arbitraje contra Paraguay. Lo que existe es una controversia formalmente notificada y un plazo para intentar resolverla antes de que eventualmente pase a una instancia internacional.
El caso coloca nuevamente en el centro del debate una cuestión estratégica para Paraguay: cómo aprovechar la disponibilidad de energía eléctrica como herramienta para atraer inversiones industriales sin comprometer la sostenibilidad financiera de la ANDE ni trasladar eventuales costos al conjunto de los usuarios.
Para Cáceres, la discusión debe partir de reglas claras y de un principio básico: la energía paraguaya tiene un valor económico y cualquier acuerdo de largo plazo debe contemplar los costos reales de producir, transmitir y garantizar ese suministro.
El desafío para el Estado será encontrar una salida que permita preservar la seguridad jurídica y la confianza de los inversores, pero al mismo tiempo proteger la sostenibilidad de la empresa eléctrica estatal y los intereses económicos del país.














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