Filadelfia, RCC.- Cabe precisar que el autor del hecho tenía 14 y la víctima 9 años, al tiempo de ocurrido el ilícito. La pena privativa de libertad máxima establecida en el Código de la Niñez y Adolescencia es de 8 años.
La representante del Ministerio Público refirió que demostró la existencia del hecho y la reprochabilidad del mismo, con diversos elementos probatorios tales como: testimoniales, documentales, inspección por el médico forense, informe victimológico, Cámara Gessel y otros.
Según los antecedentes, el hecho ocurrió el 28 de febrero de 2015, en el interior de la escuela Paí Pukú, ubicada sobre la Ruta Transchacho, en el kilómetro 155 de Benjamín Aceval. La víctima fue derivada a la Clínica Forense del Ministerio Público para su diagnóstico. Fue atendido por la médica forense Dra. Claudia Trussy, quien constató las lesiones en el cuerpo del niño.
El Tribunal de Sentencia estuvo presidido por el juez Christian Bernal, e integrado por las magistradas, Corina Sanabria y Sonia Villalba, como miembros titulares.
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