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Buscan retomar actividades de prospección en el parque Médanos del Chaco

El diputado Edwin Reimer (Boquerón), presentó un proyecto de ley “Que modifica los artículos 4° y 6° de la Ley N° 5723/2016, Que declara como área silvestre protegida bajo dominio público al Parque Nacional Médanos del Chaco”, con el fin de restituir las actividades de prospección y explotación de hidrocarburos y minerales dentro de la reserva.

RCC por RCC
12/04/2022
en Chaco
Buscan retomar actividades de prospección en el parque Médanos del Chaco
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Salvando Vidas Salvando Vidas Salvando Vidas

El parlamentario explica, en su exposición de motivos, que el referido parque aumento su extensión de 457.479 ha. a 605.075 ha., con relación al proyecto original, lo que afectó a varias empresas concesionarias y permisionarias de la explotación y prospección de hidrocarburos, cuyas licencias fueron otorgadas mucho antes de convertirse en área silvestre protegida.

La modificación pretendida en el Art. 4°, establece que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), contará con un Plan de Manejo del Parque Nacional Médanos del Chaco, en el cual podrán permitirse actividades de prospección, exploración, y explotación de hidrocarburos y minerales, siempre y cuando se realicen las debidas medidas de mitigación ambiental.

Por otro lado, en el Art. 6°, queda estipulado que cualquier ocupación de terreno, dentro de los límites del parque, está prohibida, salvo que sea con expresa y previa autorización del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades). La ocupación sin autorización del Mades no otorga derechos de ninguna especie a sus autores y la acción reivindicatoria del Estado, por lo mismo, es imprescriptible.

Alega que la autoridad de aplicación procederá de inmediato al desalojo.

Antecedentes

El Parque Nacional Médanos del Chaco fue creado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 13.202/2001, con una extensión de 597.500 hectáreas; posteriormente, por Decreto N° 21.957/2003 se disminuyó a 514.233 hectáreas. Más adelante, por Decreto N° 1.791/2004, fue eliminado el Parque Nacional, pero, finalmente, reestablecido por Decreto N° 2.726/2004.

En el proyecto de ley “Que declara área silvestre protegida bajo dominio público al Parque Nacional Médanos del Chaco, en su versión original, aprobado por la Cámara de Diputados, su extensión se reducía a 457.479 hectáreas, pero con las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores, se aumentó a 605.075 hectáreas.

Dicha situación, según informe del Dpto. de Geoprocesamiento, como resultado de cruce con el Catastro de Hidrocarburos, resultó que fueron, seriamente, afectadas varias empresas, entre ellas, la firma Primo Cano Martínez S.A., que ostenta un contrato de concesión de prospección de hidrocarburos en un área de 40.000 hectáreas.

“La Ley N° 5723/2016 debía salvaguardar sus derechos adquiridos (con mucha anterioridad), y no debía serle aplicada, retroactivamente (la ley de referencia), de conformidad al Art. 14 de la Constitución Nacional, que expresa: ‘De la irretroactividad de le ley: Ninguna ley tendrá efecto retroactivo, salvo que sea más favorable al encausado o condenado’. Lamentablemente, la Corte Suprema de Justicia no dio lugar a la inconstitucionalidad promovida por la referida empresa, exponiendo al Estado paraguayo a millonarias demandas civiles por daños y perjuicios”, dice parte de la exposición de motivos.

El proyecto de referencia será estudiado en las comisiones de Legislación y Codificación; y en la de Ecología, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

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