Filadelfia,RCC.- Para la liquidación del Iracis y del Iragro es necesario que la Administración Tributaria publique los Coeficientes de Revalúo periódicamente. Estos deben ser aplicados a los bienes del activo fijo para el ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2019.
La Resolución de Actualización Nº 04/19, fija también los coeficientes de bienes existentes al 1 de enero de 2019 y que se hayan enajenado en el transcurso del ejercicio fiscal iniciado en la referida fecha. La normativa ya está disponible en la página web de la SET.
Asimismo, los contribuyentes que hayan adquirido bienes del activo fijo en el transcurso del ejercicio fiscal iniciado el 1 de enero de 2019, y los hayan enajenado en el mismo ejercicio, cuando opten por depreciarlos en el mes siguiente al de su adquisición, deberán revaluar su valor de costo aplicando el coeficiente que indica la normativa.
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