Una de las preguntas que mucha gente se hace en estos días es si cuál sería la consecuencia de no votar en las elecciones, en este artículo te comentamos cuales son los efectos directos e indirectos por no ejercer el derecho a sufragio.
Efecto inmediato:
Según la Carta Magna de nuestro país, en su Capítulo X “De los Derechos y Deberes Políticos” artículo 117 del sufragio, menciona que es un derecho, deber y función pública del elector. Por lo tanto no emitir voto es considerado una falta electoral y es pasible de sanciones y multas.
Sanciones:
Las personas que no acudan a las urnas este próximo 22 de abril sin tener una dificultad que justifique dicha ausencia será sancionado con multas que van desde 15 hasta 30 jornales mínimos (G. 1.177.575 y G. 2.355.150).
En caso de no abonar el monto correspondiente la persona será sancionada con la imposibilidad de realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, departamentales o municipales.
Le será suspendida el acceso a los subsidios estatales, programas sociales promovidos por el Estado al menos por un periodo de dos años. No podrán acceder a créditos agrícola, fondo ganadero o de cualquier otra institución financiera relacionada al estado.
Imposibilidad de acceder a becas otorgadas por el Estado por medio de las gobernaciones o de los Ministerios por un periodo de dos años. Suspensión de por dos años en la renovación y expedición de documentos como pasaportes, registro de conducir etc.
Los que no voten no podrán acceder a ningún cargo público durante los próximos dos años ni a cargos electivos siguientes al periodo actual de elecciones. Además de la prohibición de adquirir derechos y contraer obligaciones con personas físicas y jurídicas, públicas o privadas por el lapso de dos años.
¿Qué pasa si no puedo votar?
En caso de problemas con la documentación, lugar de voto, enfermedad que le imposibilite a las personas asistir a las urnas y ejercer el derecho del sufragio se debe justificar el motivo en la oficina regional de Justicia Electoral de la zona primeramente para que después sea transmitido en el Tribunal Superior de Justicia Electoral para su tratamiento.
Consecuencias Indirectas:
En una ocasión un politólogo explicaba que al presentarse un escenario con poca cantidad de electores la probabilidad de que las elecciones no sean representativas aumenta exponencialmente, traduciendo a números:
Si un “X” candidato incurre en el delito de la compra de votos -que es un secreto a voces- y adquiere 5000 votantes y en las elecciones se presentan solamente 10000 electores esto indica que poseerá el 50 % de los votos y ganará.
En cambio, si el mismo candidato adquiere con todo su poder económico los 5000 votos y en las elecciones participan unos 50000 electores, la cantidad de votos comprados solo representaría el 10% de los votos, casi insuficiente para manipular las elecciones.
En síntesis, la participación de la gente es importante, si cada uno aporta y cumple con su obligación de asistir a las urnas contribuye de alguna manera a que menos políticos con plata y poco compromiso social asuman cargos públicos.
La compra de votos es un delito muy grave que atenta contra la democracia y la libre participación, es inconstitucional en primer medida por que el voto es universal, libre, igual y secreto.












