La disposición obliga a las organizaciones a cargar los datos de hasta 50 integrantes en el apartado denominado “Datos de los Socios, Asociados, Miembros e Integrantes”. En caso de superar esa cantidad, deberán remitir la información restante mediante una planilla electrónica que deberá adjuntarse en el sistema, en formato comprimido (.zip o .rar), bajo la categoría “Listado de socios no declarados – OSFL”.
La exigencia forma parte del proceso de reglamentación y aplicación de la normativa que fortalece los controles estatales sobre las organizaciones sin fines de lucro, mediante mayores requerimientos de identificación, transparencia y rendición de cuentas.
Desde el MEF señalaron que esta modalidad tendrá carácter temporal hasta que se habiliten herramientas que permitan la carga masiva de registros dentro del SIARA. Para facilitar el cumplimiento, la cartera económica puso a disposición una planilla modelo y un tutorial para la carga de datos.
La medida implica una nueva carga administrativa para las organizaciones, especialmente para aquellas con una gran cantidad de asociados, que deberán sistematizar y remitir información detallada de sus integrantes ante el Estado.
Por otra parte, el ministerio informó que avanza en el desarrollo de un módulo específico para las OSFL constituidas en el extranjero, las cuales deberán inscribirse en el Registro Complementario contemplado en la Ley N.º 7363/2024. Mientras la plataforma se encuentra en desarrollo, estas entidades deberán realizar el trámite exclusivamente por correo electrónico.
La normativa sobre organizaciones sin fines de lucro ha generado debate desde su aprobación, debido a que sectores de la sociedad civil consideran que los nuevos requisitos incrementan los controles sobre las ONG y podrían dificultar su funcionamiento administrativo, mientras que el Gobierno sostiene que las medidas buscan garantizar una mayor transparencia en el manejo de recursos y en la identificación de las entidades que operan en el país.
