El nuevo marco regulatorio obliga a las sedes centrales de las iglesias a presentar anualmente su documentación ante el MEC, mientras que las filiales deberán someterse a un registro único bajo supervisión de la entidad madre. Además, se establecen sanciones económicas más precisas y un sistema de fiscalización que busca garantizar mayor transparencia en el funcionamiento de las organizaciones religiosas.
El abogado y asesor jurídico de ASIEP, Francisco Núñez, destacó que los cambios representan un avance en términos de control y legalidad: “Esta resolución establece reglas claras y exigencias que permitirán a las iglesias operar dentro de un marco normativo más estricto, sin afectar la libertad de culto”.
Entre los puntos más relevantes, se eliminó la posibilidad de clausura de templos, pero se mantuvieron las sanciones administrativas para aquellas entidades que incumplan con las regulaciones. Asimismo, se determinó que los antecedentes judiciales de los líderes religiosos no serán un impedimento automático para el registro, aunque estarán sujetos a evaluación.
Desde ASIEP reconocieron que si bien la normativa refuerza los controles, también introduce medidas que facilitan el cumplimiento, como el fraccionamiento de multas y la simplificación de algunos trámites documentales. “Es una resolución más exigente, pero también más justa y aplicable”, concluyó Núñez.
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