Asunción, RCC.- La Dra. Rivas mencionó que se busca ampliar la ley ya vigente y que este fue el motivo por el que se llamó hoy a la consulta para considerar las recomendaciones de la convención por los derechos humanos de las personas con discapacidad.
La directora explicó que la normativa que se propone modifica el artículo 1° de la Ley 3.365/2007. Luego de un largo debate, desde la cámara de Diputados han compartido la modificación del artículo primero, quedando redactado de la siguiente manera:
“Las empresas de transporte colectivo terrestre de media, corta o larga distancia, deberán transportar, gratuitamente, a las personas con discapacidad, en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir”.
La legisladora Vargas, la que impulsora de esta modificación afirmó que, «lamentablemente, estamos muy atrasados a nivel país en lo que respecta al transporte público inclusivo, estructuras y edificios que se adecuen a las necesidades de las personas con discapacidad».
“Hay choferes que al ver a una persona con bastón pasan de largo y no alzan a éstas a sus unidades de transporte”, indicó.
Dato importante:
-Para acceder al transporte terrestre colectivo gratuito, de prosperar el proyecto de ley, de acuerdo a lo que reza la modificación del artículo 4° del documento, que será sometido a estudio, la presentación de la constancia de discapacidad, otorgada por la Secretaría Nacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), será suficiente.
