Filadelfia, RCC.- El proyecto le concede a esta nueva entidad facultades de establecer las políticas nacionales en la materia y definir una estrategia de acción, a la vez de normar los criterios técnicos generales para la instalación de sistemas de agua potable y saneamiento, y también ejecutar obras necesarias en el sector.
La diputada Ocampos, que junto al diputado Edwin Reimer (ANR-Boquerón), es proyectista del documento, explicó que es notoria la dispersión de entidades existentes en el sector, a lo que se suma la debilidad estatal al momento de desempeñar el rol rector que establezca, de manera centralizada, lineamientos claros y uniformes.
Bajo la figura de Secretaría, pretenden la fusión de tres direcciones ya existentes, la Dirección de Agua Potable y Saneamiento (DAPSAN) y la Gerencia de Proyectos de Agua y Saneamiento (GPAS), actualmente dependientes del MOPC; y el Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental (SENASA), dependiente del Ministerio de Salud.
«Lo que quiero significar es que no implica una generación superflua y nueva de gastos ya que se realizarán 3 tipos de transferencias de recursos ya existentes actualmente: la Institucional, la del personal, y la de bienes y partidas presupuestarias”, alertó.
El proyecto propone la creación de un fondo específico bajo administración fiduciaria denominado Fondo Nacional de Infraestructura Sanitaria (FONDIS), que podrá complementarse, en la práctica, con otras herramientas de fomento a la inversión pública y privada, ya existentes, en el marco jurídico nacional, como el contenido en la Ley Nº 5102.
“En lo que atañe a sectores vulnerables, cabe destacar que una de las competencias de la SENAPS consistirá en ejecutar, con recursos presupuestarios de la institución, obras de construcción e instalación de sistemas de agua potable y saneamiento en asentamientos rurales e indígenas, u otros conglomerados urbanos en situación de vulnerabilidad”, dijo la legisladora.
Indicó, además, además, que dentro de su estructura orgánica se prevé el establecimiento de la Dirección General de Agua y Saneamiento Rural e Indígena, dirección a la que será destinada el40 % de los recursos asignados al FONDIS, sin destino específico, que, a su vez, deberán ser destinados a servicios prestados en el ámbito rural, de los cuales como mínimo el 30 % será destinado a comunidades con predominio de población indígena.
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