Mediante la resolución Nº 696/23, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) declara “contingencia ambiental en todo el país para la gestión de los residuos sólidos urbanos generados en los distintos municipios de la República y a los efectos de la adopción de todas las medidas necesarias de protección ambiental”, esto ante la alerta epidemiológica emanada por el Ministerio de Salud y Bienestar Social (MSPyBS) por el incremento de los casos de Dengue, Chikungunya y Zica en la región.
De acuerdo al comunicado emitido por el MADES, aclara que “mediante este documento, la institución dispone medidas de mitigación de impactos ambientales para la salud humana, producidos por la falta de gestión adecuada de residuos sólidos urbanos y el procesamiento deficiente de desechos domiciliarios, a fin de mitigar la proliferación del vector transmisor del dengue, chukungunya y Zica”.
Asimismo, explica que, “las municipalidades deben identificar los sitios de vertido inapropiado de los Residuos Sólidos Urbanos y proceder a transportarlos hasta los rellenos sanitarios que se encuentren acordes a las normativas, además deberán gestionar adecuadamente los materiales reciclables, segregados y los residuos peligrosos, así como neumáticos en desuso. Todo esto, con el objetivo de impedir la proliferación de los vectores transmisores del Dengue.”
En lo que respecta a los municipios declarados con brotes epidemiológicos, “deberán identificar los terrenos baldíos con malezas y residuos y notificar por cualquier medio idóneo, a los propietarios a que procedan a su inmediata limpieza.”, especifica.
El documento también establece que, “Los Municipios que cuentan con sitios de disposición final deberán presentar ante la autoridad ambiental, sus correspondientes Planes de Contingencia Ambiental de Manejo Integral de los Residuos Sólidos, de manera a que puedan evaluarse la medidas ambientales pertinentes para su posterior adopción.”.
De acuerdo con la disposición de la estatal, la Dirección de Fiscalización Ambiental Integrada, la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales, instituciones dependientes del MADES, serán las fiscalizadoras el cumplimiento de todas las medidas de mitigación de impactos ambientales para la salud humana, mencionadas anteriormente.
En el caso del incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Declaración de Contingencia, serán pasibles de sanciones, así como la comunicación al Ministerio Público por la responsabilidad penal que los actos de omisión y acción pudieran derivar en las sanciones previstas en la ley 716/96 la cual contempla penas privativas de libertad de hasta 5 años a quienes eludan las obligaciones legales referentes a medidas de mitigación de impacto ambiental o ejecuten deficientemente las mismas.
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