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Aclaran que el censo digital del IPS será obligatorio para jubilados y pensionados desde el 7 de septiembre

El Instituto de Previsión Social (IPS) implementará desde el próximo 7 de septiembre y hasta el 7 de diciembre de 2026 el Censo Digital de Jubilados y Pensionados, un proceso obligatorio destinado a actualizar los datos de los beneficiarios y facilitar el cumplimiento de una exigencia establecida por ley.

Julio Fleitas por Julio Fleitas
26/08/2026
en Nacionales
Aclaran que el censo digital del IPS será obligatorio para jubilados y pensionados desde el 7 de septiembre
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La gerente de Prestaciones Económicas del IPS, Dra. Vanessa Cubas, explicó a RCC Radio este miércoles que la iniciativa forma parte del proceso de transformación digital que la institución viene desarrollando desde agosto de 2023, con el objetivo de agilizar los trámites, mejorar los controles y reducir los tiempos de respuesta.

Cubas destacó que actualmente los expedientes del área de prestaciones económicas son 100% electrónicos, mientras que la mayoría de los trámites pueden iniciarse a través de la página web institucional. Esta digitalización permite realizar un seguimiento de cada expediente y conocer quién lo gestiona, cuánto tiempo permanece en cada etapa y cuál es el estado del proceso.

Según explicó, esta transformación permitió reducir considerablemente los tiempos de respuesta. Beneficios que anteriormente podían demorar hasta 60 días actualmente son procesados en unas 24 a 48 horas, mientras que determinados subsidios que requerían entre 45 y 50 días ahora pueden ser gestionados en aproximadamente 21 días.

EL CENSO NO ES LO MISMO QUE LA COMPROBACIÓN DE SOBREVIVENCIA

Uno de los principales puntos aclarados por la gerente es que el Censo Digital no debe confundirse con la comprobación de sobrevivencia.

La comprobación de sobrevivencia es una exigencia legal que los jubilados y pensionados deben realizar cada tres meses. Para ello, el IPS dispone de la aplicación Vivo, mediante la cual el beneficiario puede acreditar su supervivencia utilizando su teléfono celular y una fotografía tipo selfi.

También puede realizar este procedimiento a través de determinadas entidades bancarias o acercándose personalmente a las oficinas del IPS. “En la comprobación de sobrevivencia no se le pide ninguna otra información adicional”, explicó Cubas, al remarcar que se trata de dos procedimientos diferentes.

En cambio, el Censo Digital tiene como finalidad actualizar los datos personales, familiares y de contacto de los jubilados y pensionados.

¿CÓMO SE REALIZARÁ EL CENSO?

El trámite será completamente digital y no requerirá descargar una aplicación, crear una contraseña ni utilizar un PIN.

Los beneficiarios deberán ingresar a la página oficial del IPS, www.ips.gov.py, donde ya se encuentra habilitada una pestaña denominada “Censo Digital”. Actualmente, el enlace conduce a información sobre el proceso, pero desde el 7 de septiembre permitirá acceder directamente al formulario.

El censo estará disponible durante tres meses, hasta el 7 de diciembre, y podrá realizarse desde una computadora, tablet o teléfono celular.

El formulario solicitará información como: Número de cédula de identidad, estado civil, departamento, ciudad y barrio de residencia, dirección del domicilio, información sobre beneficiarios. Existencia de hijos menores, eventuales cambios en el estado civil, si el jubilado cobra mediante un apoderado o tutor y otros datos necesarios para mantener actualizado el registro.

Una vez completado el formulario, el beneficiario deberá seleccionar la opción de finalizar y la información quedará registrada automáticamente en el sistema del IPS. La gerente estimó que el trámite demandará entre cinco y diez minutos.

EL TRÁMITE SERÁ GRATUITO

Cubas hizo especial énfasis en que el censo no tendrá ningún costo y que los beneficiarios no deberán pagar a terceras personas para realizarlo. “El censo es 100% digital, es gratuito. No paguen por ninguna gestión”, advirtió.

En caso de que un jubilado o pensionado tenga dificultades para utilizar un dispositivo electrónico o necesite asistencia, podrá recurrir a un familiar para completar el formulario.

Además, el IPS dispondrá de funcionarios para brindar apoyo a quienes lo necesiten en sus distintas dependencias. La institución cuenta con presencia en 39 localidades del país, principalmente en centros de prestaciones de salud ubicados en cabeceras departamentales y ciudades importantes.

ES UNA OBLIGACIÓN ESTABLECIDA POR LEY

La gerente de Prestaciones Económicas recordó que la actualización de datos no es voluntaria, sino que responde a una obligación legal establecida en el artículo 47 de la Ley N.º 430/1973.

El último censo se realizó entre 2020 y 2021 y fue llevado adelante de manera presencial. En aquella oportunidad, los jubilados y pensionados debían trasladarse hasta las oficinas de Dinacopa o recibir a los funcionarios encargados del procedimiento en sus domicilios. Según Cubas, ese operativo tuvo un costo aproximado de G. 400 millones para el IPS.

En contraste, el nuevo sistema busca facilitar el cumplimiento de la obligación mediante una modalidad digital, gratuita y accesible desde el hogar, al tiempo que permite al IPS disponer de información actualizada de sus jubilados y pensionados.

La implementación del censo responde además a recomendaciones formuladas por la Contraloría General de la República, en el marco de las medidas de control y actualización de los registros institucionales.

El IPS insta a los jubilados y pensionados a realizar el procedimiento dentro del periodo establecido, del 7 de septiembre al 7 de diciembre de 2026, y recuerda que quienes tengan dificultades para completar el formulario podrán solicitar asistencia en las oficinas habilitadas.

 

Julio Fleitas

Julio Fleitas

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