La información financiera de los contribuyentes tiene cada vez mayor trazabilidad. En este contexto, la reciente coordinación entre la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) y la Asociación de Bancos del Paraguay (ASOBAN) vuelve a poner el foco sobre la forma en que las personas y empresas manejan sus cuentas bancarias.

La abogada y contadora Nora Ruoti Cosp, especialista en Derecho Tributario y Societario, aclara que el acuerdo entre la DNIT y ASOBAN no crea una nueva facultad para la Administración Tributaria.
La DNIT ya contaba con atribuciones legales para requerir determinada información financiera, siempre dentro de los casos y procedimientos establecidos por la legislación vigente.
La diferencia, según explica la especialista, está principalmente en una mayor coordinación, digitalización y facilidad para el intercambio de información, lo que incrementa la trazabilidad de las operaciones.
EL DINERO DEBE PODER EXPLICARSE
Ruoti Cosp alerta que esta nueva realidad obliga a prestar atención a operaciones cotidianas que pueden parecer normales, pero que posteriormente podrían requerir una explicación.
Uno de los casos frecuentes es cuando una empresa realiza una venta y el cliente deposita el dinero directamente en la cuenta personal del propietario. Aunque pueda resultar práctico, posteriormente será necesario explicar por qué un ingreso generado por una actividad comercial terminó registrado en una cuenta particular.
Una situación similar puede darse cuando una persona presta su cuenta bancaria a un familiar o amigo para recibir una suma importante de dinero. Si ingresan, por ejemplo, G. 30 millones o G. 50 millones, el movimiento queda registrado y puede ser necesario demostrar quién era realmente el propietario de esos fondos y cuál fue el motivo de la transferencia.
También pueden generar interrogantes los gastos personales realizados con tarjetas de una empresa. Compras en supermercados, viajes, restaurantes, electrodomésticos u otros consumos familiares podrían requerir posteriormente una justificación contable y tributaria.
LOS PRÉSTAMOS TAMBIÉN DEBEN DOCUMENTARSE
La especialista pone especial énfasis en los préstamos entre familiares o particulares. El hecho de que una persona reciba dinero prestado no implica necesariamente una irregularidad.
El problema puede surgir cuando, años después, no existe un contrato, recibo u otro respaldo documental que permita demostrar el origen de los fondos.
En ese sentido, la cuestión central no es necesariamente que exista un movimiento bancario, sino que el titular pueda explicar por qué ingresó el dinero, de quién provenía, para qué fue utilizado y qué documentación respalda la operación.
SEPARAR LAS CUENTAS Y GUARDAR LOS COMPROBANTES
Ante este escenario, Ruoti Cosp recomienda mantener una adecuada separación entre las finanzas personales y empresariales, documentar correctamente préstamos y aportes, conservar comprobantes y contar con respaldo de las operaciones financieras de importancia.
La advertencia cobra especial relevancia para empresarios, comerciantes, profesionales y personas que habitualmente realizan transferencias o manejan fondos de terceros.
La tradicional explicación de “siempre lo hice así” ya no constituye una defensa suficiente. La Administración Tributaria dispone de herramientas legales para requerir información y, con una mayor digitalización y coordinación institucional, las operaciones dejan una huella cada vez más clara.
Por ello, la especialista sostiene que la mejor defensa frente a una eventual fiscalización no comienza cuando llega el requerimiento de la autoridad tributaria, sino mucho antes: con el orden, la separación de las cuentas y la correcta documentación de cada operación.
El nuevo escenario no significa que todo movimiento bancario sea sospechoso, sino que los contribuyentes deben estar en condiciones de explicar razonablemente sus operaciones y demostrar documentalmente el origen y destino de los fondos.














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