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Nuevo esquema de aportes de la Caja Fiscal: afiliados asumirán el 19% y el Estado el 3%

El Poder Ejecutivo presentó ante el Congreso Nacional un proyecto de ley que busca reformar el Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público, administrado por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). La iniciativa apunta a fortalecer la sostenibilidad financiera del sistema (que se mantiene a flote hoy gracias a una enorme sangría de recursos fiscales de unos USD 300 millones anuales), y así garantizar mayor equidad intergeneracional, en un contexto de creciente presión sobre la Caja Fiscal.

Julio Fleitas por Julio Fleitas
02/01/2026
en Economía
Nuevo esquema de aportes de la Caja Fiscal: afiliados asumirán el 19% y el Estado el 3%
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Salvando Vidas Salvando Vidas Salvando Vidas

La propuesta establece un marco normativo general que regirá tanto para los programas contributivos civiles como no civiles, actualmente regulados por la Ley N.º 2345/2003 y otras normas especiales. Asimismo, define reglas comunes para todos los sectores, sin perjuicio de disposiciones específicas para determinados regímenes.

Uno de los puntos centrales del proyecto es la fijación de una tasa de aporte obligatoria del 22% sobre la totalidad de la remuneración imponible de los afiliados al sistema previsional público. Actualmente los funcionarios aportan 16%.

Según el texto, este porcentaje se distribuirá de la siguiente manera: 19% estará a cargo del afiliado, es decir, del funcionario o empleado público. 3% será aportado por el Estado, en carácter de contribución patronal.

Este esquema se aplicará de forma general a los afiliados de los programas contributivos civil y no civil, con el objetivo de reforzar los ingresos del sistema previsional.

TOPE A LA BASE DE CÁLCULO PARA SALARIOS MÁS ALTOS

El proyecto también introduce un tope máximo a la remuneración imponible para quienes perciban salarios superiores a los asignados al Contralor General de la República. En estos casos, los aportes se calcularán únicamente hasta el monto equivalente al sueldo y gastos de representación correspondientes a dicho cargo, evitando que remuneraciones muy elevadas distorsionen el sistema.

ACTUALIZACIÓN DE HABERES Y LÍMITES

En cuanto a las prestaciones, la iniciativa dispone que las jubilaciones y pensiones se actualizarán anualmente en función de la variación del salario mínimo legal vigente, conforme a la Constitución Nacional y a la Ley de Responsabilidad Fiscal.

No obstante, se establece un límite: el aumento anual de cada beneficiario no podrá superar el 25% del salario mínimo legal vigente, con el fin de mantener el equilibrio financiero del sistema.

OTROS BENEFICIOS PREVISIONALES

El proyecto mantiene otros beneficios ya contemplados en la legislación vigente, como la pensión por invalidez, la pensión a herederos y la devolución de aportes, que seguirán otorgándose conforme a la Ley Nº 2.345/2003 y sus modificaciones, además de las disposiciones específicas que introduce la nueva norma.

Con esta reforma, el Ejecutivo busca sentar las bases de un sistema previsional público más sostenible, con reglas claras sobre aportes, beneficios y límites, en respuesta al déficit acumulado de la Caja Fiscal.

 

Julio Fleitas

Julio Fleitas

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