Filadelfia, RCC.- La ordenanza en la que reposan esta serie de reglas es la Nro. 59/2017. La intendencia municipal en este caso habilitará la tenencia de animales exóticos y domésticos siempre y cuando se cumplan con los requisitos, los propietarios de los mismos deberán presentar al Departamento de Salubridad, Higiene y Salud los certificados de vacunación exigidos por la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar animal. Todos los animales domésticos obligatoriamente deben contar con una tarjeta de vacunación, este paso no se puede saltar.
Los protectores, cuidadores y adiestradores deberán de disponer de instalaciones y medios adecuados para la tenencia de los mismos y el poseedor debe comunicar al Municipio la tenencia del animal.
Esta ordenanza será aplicable a todos los animales exóticos, silvestres y domésticos, ya sean mamíferos, aves, reptiles, peces y anfibios. Esta prohibida ademas la venta de animales en la vía pública u otros lugares que no cuenten con la autorización correspondiente.
En ningún caso se puede aplicarse la eutanasia ni el sacrificio de los animales exóticos o domésticos. El trato cruel o inhumano, la tortura, desnutrición o cualquier otro síntoma de maltrato puede ser motivo de decomiso del animal de parte del Municipio.
En caso de la tenencia de animales silvestres o domésticos, el propietario deberá adoptar las medidas necesarias para impedir que ensucie la vía publica. Sacar a pasear al perro debe ser obligatoriamente con correa. Animales de carga no pueden ser maltratados ni sobre esforzados.
OJO: Los animales que deambulan libremente y pueden poner en peligro el transito terrestre serán decomisados por la Autoridad de Aplicación, o por lo que establece la Ley de Tránsito. En el caso de perros sueltos se los debe mantener resguardados a fin de evitar accidentes o escapes. En esta situación se pueden denunciar la deambulación de perros sueltos o peligrosos al municipio. Además esta prohibida la permanencia de caninos en la vía pública del Municipio de Filadelfia.
INFRACCIONES GRAVES Y MULTAS
La incursion en infracciones muy graves podrá comportar además de multa la prohibición de de poseer o adquirir animales hasta por 10 años. Las infracciones leves se sancionarán con una multa de 1 (uno) a 3 (tres) jornales mínimos. Las infracciones muy graves de 16 (diez y seis) a 500 (quinientos) jornales mínimos.
La reincidencia puede doblar el precio de estas multas, el jornal actualmente se calcula en: 84.340 guaraníes.
El número de la Municipalidad de Filadelfia es: 0491 433 374
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