La normativa amplía y actualiza el listado de zonas de riesgo según la alerta epidemiológica de OPS/OMS del 6 de noviembre del 2024, incluyendo regiones específicas de Bolivia, Brasil, Colombia, Guyana y Perú. Este listado será dinámico y dependerá de la situación epidemiológica, bajo alertas emitidas por la OPS/OMS. Se destaca la exclusión del Estado de Paraná del citado listado.
Entre los puntos principales, el Artículo 3 de la resolución dispone que todo ciudadano paraguayo o extranjero con radicación permanente en el país, que provenga de una zona de riesgo y no posea certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla, su ingreso al país estará a cargo de las autoridades competentes y será sometido a control sanitario por un período de seis días, a partir de su ingreso.
La vacuna contra la fiebre amarilla debe aplicarse al menos 10 días antes de viajar a zonas de riesgo. Asimismo, aquellas personas que no puedan vacunarse por razones médicas deberán justificar su situación mediante un certificado médico y someterse a control sanitario por seis días.
El cumplimiento de estas disposiciones requiere la coordinación entre diversas instituciones:
– Dirección Nacional de Migraciones: Aplicará controles en puntos de entrada y salida del país.
– Ministerio de Salud: Supervisará el cumplimiento de las medidas sanitarias y coordinará el trabajo intersectorial.
– Ministerio del Interior y Secretaría Nacional de Turismo (Senatur): Participarán en actividades de vigilancia y sensibilización.
– Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) y Ministerio de Agricultura y Ganadería: Apoyarán en el monitoreo de vectores y animales susceptibles en zonas rurales.
– Entidades binacionales: Trabajarán en la implementación de medidas en áreas fronterizas.
La normativa también exige la presentación del certificado en la compra de pasajes o al realizar trámites migratorios para viajes hacia zonas de riesgo, resaltando la importancia de la articulación entre organismos públicos y privados.
Personas con contraindicaciones médicas para recibir la vacuna deberán justificar su situación a través de un Certificado expedido por un profesional médico o por la Autoridad Sanitaria del país de origen. Menores de 1 año y mayores de 59 años.
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