En su exposición de motivos, los impulsores del proyecto de ley, entre los cuales figuran los senadores Gustavo Leite, Lizarella Valiente, Orlando Penner, Antonio Barrios, Sergio Rojas Sosa, Dionisio Amarilla, David Rivas, entre otros, el proyecto obedece a dos cuestiones: La centralización de las políticas y acciones en materias de la niñez la adolescencia juventud y mujer; por un lado, y, por el otro, una supresión de gastos innecesarios y superfluos (cargos de alta dirección, gerenciales, viáticos, entre otros), “siendo el achicamiento del Estado una imperiosa necesidad”.
Añaden que, asimismo, observan que la familia es el núcleo de nuestra sociedad y, por ende, representa y constituye la nucleación neurálgica de nuestro Estado. “Textualmente nuestra ley suprema dispone: «DE LA PROTECCION A LA FAMILIA”. La familia es el fundamento de la sociedad. Se promoverá y se garantizará su protección integral. Esta incluye a la unión estable del hombre y de la mujer, a los hijos y a la comunidad que se constituya con cualquiera de sus progenitores y sus descendientes» (CN, art. 49).
Apuntan que mediante este proyecto se brindará “plena atención” a la familia y a cada uno de sus componentes, quienes demandan una atención integral por parte del Estado: los niños y adolescentes, los jóvenes y las mujeres.
El Art. 1° dice: Créase el Ministerio de la Familia, institución responsable de cumplir y hacer cumplir las políticas públicas de la niñez y adolescencia y la mujer, conforme con las previsiones de la presente ley.
Art. 2° establece que el Ministerio de la familia se constituye en “autoridad de aplicación” de la Ley N° 1680/2001, Código de la Niñez y la Adolescencia; de la Ley N° 4675/2012, y del Decreto 262/2013, lo cual se crea y reglamenta la Secretaría Nacional de la Juventud.
El Art. 3° estatuye que el Ministerio de la familia fijará su domicilio legal y sede central en la ciudad de Asunción, sin perjuicio de que pueda establecer oficinas o agencias en otros lugares del país.
Además, que los procesos judiciales en los que el Ministerio de la familia intervenga como actora o demandada deberán tramitarse ante juzgados de su domicilio legal. En total, el proyecto de ley tiene 12 artículos que seguiremos dando a conocer los próximos días.
PROMESA ELECTORAL
Cabe recordar que el Presidente Santiago Peña, había prometido crear el Ministerio de la familia “para defenderla como política pública”, según lo anunciaba el 7 de julio de 2023, en rueda de prensa, el presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre.
Decía que el entonces presidente electo (que asumió el mando presidencial en agosto) tenía la intención de presentar un proyecto de ley ante el Congreso nacional, con el fin de crear el Ministerio de la Familia, siguiendo su misma línea y la del partido Colorado, respecto de la defensa de la vida desde su concepción y de la familia, “como núcleo de formación y sustentación de la de nuestra paraguayidad”.
Puntualizaba que el objetivo del proyecto es “establecer con claridad” con política pública el cuidado de la familia, en el entendimiento de que es nuestra primera escuela de formación y uno de los principales factores de la “preservación cultural”.
Reconocía, igualmente, que la Constitución nacional ya garantiza los derechos que se buscan defender a través de la creación del dicho ministerio; sin embargo, enfatizó que quieren materializarlos con la creación de dicha cartera de Estado.
Dejá tu comentario