En la sesión ordinaria de este miércoles pasado, la Cámara de Diputados finalizó el estudio en particular del proyecto de ley “que modifica varios artículos de la Ley Nº 5863/17, que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control y deroga la Ley Nº 6345/19″ , la normativa tuvo el visto bueno de los legisladores y fue al Senado.
Con la media sanción otorgada por los parlamentarios de la Cámara Baja, se determina el procesado que cuente con solvencia absorba el costo del dispositivo, en caso contrario, en la cual la persona se declare insolvente el costo de las tobilleras recaerá sobre el Estado. Asimismo, han determinado que el Ministerio del Interior sea la institución a cargo de la compra de los artefactos.
Es importante recordar que la ley de dispositivos de control fue promulgada en septiembre de 2017, pero no podía ser aplicada porque aún no se habían establecido los parámetros para su implementación. Un ejemplo de esto es que aún estaba pendiente determinar cómo se financiarían los dispositivos de monitoreo.
Esta iniciativa tiene como objetivos la descomprensión del sistema penitenciario y que sea una herramienta para combatir los feminicidios así como la violencia intrafamiliar, de manera a que se constituya en una estrategia fundamental para ejercer el control efectivo al momento de otorgar prisión domiciliaria a los procesados.
La legisladora Rocío Abed perteneciente a la bancada de la ANR, solicitó el acompañamiento del plenario para esta propuesta y explicó algunas modificaciones que son impulsadas. “Se ha incorporado un aspecto muy importante, por lo que por unanimidad decidimos que en caso de insolvencia, absorba el Estado; y en el caso del que tenga condiciones, que pague por el costo de las tobilleras electrónicas”, esgrimió.
Por su parte, la diputada Rocío Vallejo de la bancada del partido Patria Querida, explicó que, “se otorgará la potestad al Juez para evaluar la situación de solvencia de cada afectado, de modo que si tienen la posibilidad, se encarguen de pagar por las tobilleras”.Además, añadió que otra de las modificaciones fundamentales introducidas es que las tobilleras podrán ser utilizadas en personas que estén siendo procesadas por crímenes, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por el juez del caso.
Además, con las modificaciones introducidas se estableció que cualquier persona puede hacer una denuncia cuando se destruye un dispositivo que es utilizado para el control de procesados.
Asimismo, en el artículo 8º se introdujo la disposición de la creación de una oficina de control interinstitucional que estará conformada por los representantes de la Corte Suprema de Justicia, Ministerio Público, Ministerio del Interior, Policía Nacional y Ministerio de Justicia, , con el agregado del Ministerio de la Defensa Pública.
La iniciativa se remite a la Cámara de Senadores.
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