En una jornada decisiva para la regulación del sector de las organizaciones sin fines de lucro, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley “Que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL)”. La votación resultó en 47 votos a favor, 13 en contra, dos abstenciones y 18 ausencias. A raíz de las modificaciones realizadas al texto original, el proyecto será remitido nuevamente a la Cámara de Senadores para su consideración.
Durante la sesión, la diputada Cristina Villalba, presidenta de la Comisión de Presupuesto, explicó algunas de las modificaciones más relevantes. Una de las adiciones más notables se encuentra en el artículo 3, donde se aclara el alcance de la ley en relación a las organizaciones sujetas a control. Villalba indicó que quedan expresamente excluidos del ámbito de aplicación de la ley los organismos internacionales, las agencias especializadas, las entidades multilatales, así como los partidos políticos, iglesias y confesiones religiosas. Asimismo, las organizaciones deportivas no profesionales, sindicatos, asociaciones de trabajadores y comisiones vecinales también quedan fuera de la regulación, a menos que reciban fondos públicos.
Otro aspecto significativo de la ley es la designación del Ministerio de Economía y Finanzas como la autoridad encargada de aplicar las disposiciones. Esta decisión fue respaldada por Villalba, quien enfatizó que, si bien el Ministerio tendrá esta responsabilidad, las facultades de otras instituciones, como la Contraloría General de la República, se mantendrán dentro del ámbito de sus competencias.
El artículo 5 introdujo una nueva disposición que establece que el Estado tiene el deber de promover y apoyar iniciativas asociativas a través de las OSFL, asegurando que se respeten los fines lícitos perseguidos por estas organizaciones.
En cuanto a las sanciones, el proyecto revisado mantiene un enfoque en el debido proceso. Según Villalba, las infracciones serán comprobadas por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de un sumario administrativo, respetando el derecho a la defensa. En este sentido, se excluyeron las multas económicas para los directivos de las ONGs, aunque se retiene el apercibimiento por escrito. En caso de reincidencia, se aplicará una inhabilitación de hasta cinco años para administrar o gerenciar una ONG.
Para las organizaciones, las medidas iniciales incluyen un apercibimiento por escrito, y en caso de reincidencias, la suspensión de actividades por un plazo de hasta seis meses.
El paso siguiente es el análisis de la Cámara de Senadores sobre las modificaciones estipuladas en el citado proyecto por la Cámara Baja.
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