El transporte público inicia una nueva etapa de control y sanción con la implementación de la resolución N.° 76/2025, que endurece las penas contra empresas que incurran en conductas que ponen en riesgo directo a los pasajeros. La medida, que se aplica desde este miércoles, se centra en tres prácticas que pasan a ser consideradas gravísimas: circular con la puerta abierta o abrirla mientras el vehículo está en movimiento, arrancar cuando los pasajeros aún están subiendo o bajando, y no contar con una póliza de seguro vigente.
Hasta ahora, estas faltas eran sancionadas con multas menores que oscilaban entre 10 y 45 jornales mínimos, pero la reiteración de estas prácticas en distintas líneas llevó a la autoridad a recalificarlas. A partir de ahora, la multa será de 173 jornales mínimos, lo que equivale a G. 19.289.846, una cifra que refleja la severidad con que se pretende desincentivar estas conductas.
El Viceministerio de Transporte argumenta que la decisión responde a la necesidad de “elevar el estándar de seguridad y calidad” en un servicio que transporta a miles de personas a diario, y que ha sido blanco frecuente de reclamos ciudadanos por prácticas riesgosas, como buses que circulan con pasajeros colgados en las puertas o unidades sin cobertura de seguro ante eventuales siniestros.
La institución recordó además que los usuarios cuentan con un canal habilitado para presentar denuncias en caso de detectar irregularidades. Los reclamos pueden realizarse al número (0986) 89 86 00, acompañados del formulario correspondiente, de modo a dejar constancia formal de la incidencia y facilitar la aplicación de sanciones.














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