Filadelfia RCC: La Cámara de Diputados, en su sesión del miércoles sancionó el proyecto de ley “Del Fondo de Jubilaciones y Pensiones para miembros del Poder Legislativo de la Nación”. El documento ahora pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.
Según mencionan dicho proyecto tiene por finalidad actualizar, unificar y ordenar todas las disposiciones legales vigentes que rigen actualmente el Fondo de Jubilaciones y Pensiones para miembros del Poder Legislativo de la Nación ya que hasta el momento no eran muy claras.
Este proyecto de ley busca consolidar y dinamizar el desempeño que tiene el Fondo, esto garantizando la “responsable” utilización de dichos recursos, brindando seguridad y rendimiento del patrimonio financiero.
¿Cuáles son las modificaciones incorporadas?
Entre las modificaciones más importantes, se establece que la jubilación ordinaria, al cabo de tres periodos parlamentarios, será del 80 % del promedio de lo percibido en dietas y gastos de representación, de los últimos 5 años. La edad requerida es de 55 años.
Asimismo, la jubilación extraordinaria se dará a partir de dos periodos en el Parlamento, lo que equivale a 10 años de aporte, en cuyo caso la retribución será el 60% del promedio de lo percibido en concepto de dietas y gastos de representación, en los últimos 5 años. La edad requerida, también se establece en 55 años.
Igualmente, se prevé el derecho a una jubilación por invalidez cuando el afiliado sufra una disminución total o parcial, física o mental, que lo inhabilite para el ejercicio efectivo de la función legislativa, además de otras condiciones.
¿Qué ha cambiado entonces?
La actual jubilación prevé el 90% del promedio de los 36 últimos meses de dietas mensuales sobre las que ha aportado el afiliado, con un aporte de 15 años.
En el caso de la jubilación extraordinaria es del 75% del promedio de los 36 últimos meses y una antigüedad requerida de 10 años.













