En este sentido, el diputado propone, que en el Art. 111, ya no sea considerada como falta leve la conducción en estado de intoxicación alcohólica y que esta sea elevada a un delito mayor.
La propuesta de modificación establece la siguiente: “El que dolosamente condujera en la vía pública un vehículo pese a no estar en condiciones para hacerlo con seguridad a consecuencia de la ingestión de bebidas alcohólicas u otras sustancias estupefacientes o sicotrópicas legales o no, de defectos físicos o psíquicos, o de agotamiento, que alterasen notoria o legamente su habilidad para conducir, será castigado con pena privativa de libertad mínima de 2 años y un máximo establecido en el Código Penal Paraguayo según la tipificación de penalidades por crímenes cometidos”.
El cambio consiste en suprimir la parte que habla del resultado de miligramos de alcohol por litro en la sangre e impone, directamente, la pena mínima de dos años de cárcel para los conductores en infracción.
El proyectista considera que, entre otras cosas, es objeto de la Ley N° 5016/14 “Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”, la protección de la vida humana y la integridad física de las personas en el tránsito terrestre.
“A pesar de que en sus articulados menciona que el conductor debe abstenerse del consumo de alcohol y de otras sustancias estupefacientes o sicotrópicas legales o no, al establecer infracciones según el grado de que se le detecte en el cuerpo, da la impresión que la restricción es laxa”, asegura.
Agrega que la presentación de este documento se debe a innumerables casos de accidentes como consecuencia de choferes irresponsables que conducen en estado de ebriedad.
“Estos accidentes ocasionados por los irresponsables conductores en el volante, deben ser castigados, duramente, motivo por el cual es de estricta justicia la presentación y aprobación de este proyecto”, finalizó.
La propuesta será analizada en las comisiones de Asuntos Constitucionales; Legislación y Codificación; Justicia, Trabajo y Previsión Social; Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones; y en la de Asuntos Municipales y Departamentales.














Dejá tu comentario