El Poder Ejecutivo firmó el Decreto N° 5181, aprobando el sistema de valoración fiscal de los inmuebles establecido por la Dirección General del Servicio Nacional de Catastro del Ministerio de Economía y Finanzas, que servirá como base imponible para la determinación del impuesto inmobiliario para el ejercicio fiscal 2026.
Según el artículo 1 del decreto, se decidió el ajuste de 4,1% de los valores fiscales para inmuebles urbanos y rurales, tras un estudio realizado sobre la inflación acumulada desde el último ajuste del año pasado hasta noviembre del 2025. La modificación se da por la variación del índice de precios al consumidor (IPC), conforme a datos del Banco Central del Paraguay (BCP).
Los valores fiscales son la base para el pago del impuesto inmobiliario que cobran las municipalidades de todo el país. La tasa del impuesto inmobiliario es del 1% del valor fiscal del inmueble, sea urbano o rural.
Con el nuevo decreto, el valor fiscal de un inmueble en capital en zona geoeconómica con pavimentación tiene un valor entre G. 134.183 y G. 565.141 por metro cuadrado. En zona con empedrado el valor se encuentra entre G. 74.194 y G. 337.823 por metro cuadrado.
Entretanto el valor fiscal de las construcciones y mejoras para inmuebles urbanos en Asunción el valor varía en construcciones nuevas entre G. 236.792 y G. 1.662.277 por metro cuadrado. En el caso de construcciones antiguas el valor fiscal varía entre G. 118.395 y G. 836.665 por metro cuadrado.
Los valores fiscales para inmuebles urbanos de los demás municipios del país ubicados en zona geoeconómica con asfalto rondan entre G. 50.042 y G. 221.005 por metro cuadrado, con empedrado el valor fiscal oscila entre G. 30.239 y G. 110.502 por metro cuadrado y los no pavimentados se encuentran entre G. 14.207 y G. 23.679 por metro cuadrado.














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