El presidente de la República, Mario Abdo Benítez promulgó el Decreto N° 9231/2023 que dispone los lineamientos para la elaboración del PGN 2024, teniendo en cuenta los objetivos de la política económica, sostenibilidad de las finanzas públicas, las estrategias de desarrollo y el Plan Anual de Inversión Pública.
En ese sentido, el gasto público deberá mantener la congruencia con la capacidad de generación de recursos fiscales, en un contexto de racionalidad y austeridad en la planificación de los recursos disponibles.
Con esta finalidad las instituciones deberán realizar un análisis profundo y priorización en la distribución de los créditos presupuestarios que permita atender las prioridades del Gobierno y los objetivos estratégicos del Plan Nacional de Desarrollo (PND) Paraguay 2030, sin afectar la eficiencia de los bienes y servicios a ser proveídos.
Asimismo, con la entrada en vigencia de la Ley N° 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas” se incorporan previsiones regulatorias en materia de programación y formulación presupuestaria, que servirá como línea de base para una implementación progresiva de la Ley, conforme a las etapas de la cadena de Suministro que inicia con la Planificación de Necesidades y la Programación Presupuestaria.
Entre los principales puntos que las instituciones deberán tener en cuenta al momento de la planificación, programación y elaboración de sus Planes Institucionales, se encuentran:
Las prioridades definidas por el Gobierno Nacional para el PGN 2024, entre las cuales están: educación, salud, seguridad, protección social, conectividad e inversión pública.
Asimismo, continuarán las medidas de austeridad que el Poder Ejecutivo viene impulsando desde hace varios ejercicios fiscales en diversos rubros presupuestarios, incluyendo servicios personales, protocolo y ceremonial, servicios de catering, textiles y vestuarios, adquisiciones de maquinarias, equipos y herramientas en general, transferencias a las ONG, entre otros.
En los proyectos de inversión con código SNIP no podrán ser programados los Objetos del Gasto 131 “Subsidio Familiar” y 133 “Bonificaciones”; tampoco podrán programarse estos conceptos en otros Objetos de Gasto del Subgrupo 140 “Personal Contratado” de los proyectos.
En relación al OG 137, solo puede programarse como asignaciones complementarias al sueldo del personal con cargo presupuestado en el anexo del personal, trasladado o trasladado temporalmente a la unidad ejecutora de proyectos de inversión pública y con dedicación única y exclusiva a la misma, no podrá programarse este concepto en el Subgrupo 140 para el personal contratado.
Los Organismos y Entidades del Estado (OEE) deberán prever, dentro de sus presupuestos, las partidas necesarias para el pago de sus obligaciones en concepto de impuestos, tasas y contribuciones municipales, incluyendo deudas de ejercicios anteriores en caso de existir.
Además, tendrán que mantener los niveles del gasto del PGN 2023 en Productos de papel, cartón e impresos.
En relación al plurianual, los Organismos y Entidades del Estado deberán programar el Presupuesto Plurianual 2024-2026, a los efectos de considerar la sostenibilidad de las políticas públicas en el mediano plazo.
Por otro lado, de la mano de la reingeniería del Sistema Integrado de Administración de Recursos del Estado (SIARE) y en el marco del proceso de Presupuesto por Resultados (PpR), para el 2024 se continuará priorizando el fortalecimiento del Módulo de Gestión del Desempeño (Indicadores y Población).
Finalmente, los lineamientos establecidos por el Poder Ejecutivo para la elaboración del proyecto de Presupuesto 2024 apuntan al fortalecimiento del gasto público en los sectores prioritarios, así como al sostenimiento de los niveles de inversión en infraestructura necesaria para el desarrollo, en un marco de responsabilidad fiscal, informaron desde el Ministerio de Hacienda.