Explicó que cuando una persona solicita factura por la compra de 1.000.000 de guaraníes en alimentos, entonces el contribuyente podrá deducir el 30% de su IVA o sea 300.000 guaraníes.
Agregó que los contribuyentes que son asalariados por contrato laboral, no podrán deducir nada, ellos pagan el 100% del IVA. “Solo 280.000 personas son los prestadoras de servicios o profesionales independientes y contribuyentes del IVA los beneficiados con este sistema”, afirmó.
La cartera Fiscal informó que el viceministro Orué, calificó de razonable la decisión parlamentaria aprobada por la Cámara Alta que plantea la deducibilidad del IVA hasta un 30%, ante la iniciativa inicial presentada en la Cámara de Diputados, que contempla una deducibilidad del 100% en compras de alimentos y bebidas.
Al respecto, el subsecretario añadió que, en caso de que se apruebe esta propuesta, la institución a su cargo procederá a su correspondiente reglamentación, en la cual se especificará qué productos deben estar contemplados para la deducción y qué productos no.
Con relación a este último punto, agregó que a criterio de la SET, las bebidas alcohólicas no pueden ser consideradas porque tienen que ver más bien con una cuestión de ocio, y que las mismas pueden ser deducidas en el Impuesto a la Renta Personal (IRP).
“Nosotros estamos conformes, consensuamos con los senadores, creemos que es razonable la deducción de hasta el 30% de alimentos y bebidas. En términos generales y jurídicos, no nos oponemos a la modificación. Hay que esperar qué pasa en Diputados, teniendo en cuenta que es la Cámara de origen. En términos generales no nos oponemos a esta modificación y vamos a seguir dialogando siempre con los sectores”, añadió al respecto.














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