Filadelfia,RCC.- En este sentido, tanto la Ley 5446/15 como el presente Decreto establecen una serie de medidas de acción positivas encaminadas a remover los obstáculos estructurales que enfrentan las mujeres rurales, en el convencimiento de que las mismas constituyen un eje fundamental de la economía rural, de la agricultura familiar y que enfrentan limitaciones a la hora del acceso a la tierra, a créditos, insumos, formación e información agrícola, entre otros.
El Estado Paraguayo reconoce el potencial de las mujeres rurales y enfatiza en que la inversión que se realiza en ellas aumenta significativamente el bienestar de las familias, reduce el hambre, la malnutrición, la pobreza de ellas, sus hijos y de todo el entorno comunitario; por lo tanto, constituye una inversión con grandes beneficios sociales para superar no solo las brechas de desigualdad de género, sino también las brechas sociales y económicas, en especial, la superación de la pobreza rural.
En cuanto a las disposiciones finales manda difundir en castellano y guaraní los derechos rurales de las mujeres conforme con la Ley Nro. 4251/10 “De Lenguas” y la Ley Nro. 5446/15, así como al presente Decreto Reglamentario.














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