La Patrulla Caminera informó a través de un comunicado que, a diferencia de años anteriores, esta vez no darán más prórrogas, por lo tanto, los inspectores podrán sancionar a las personas que circulen con la habilitación vencida.
Indicaron además que, la multa por no contar con la de la Habilitación Municipal o por tener el mencionado documento vencido será, de acuerdo al Artículo 106 de la Ley de Transito y Seguridad Vial 5.016/2.014, de 5 jornales mínimos que, antes del reajuste del salario, equivalía unos Gs. 490.445.
Pero, con la entrada en vigencia del nuevo ajuste del salario mínimo y del jornal mínimo, la cual que rige a partir del 01 de julio, la multa será de Gs. 515.455.
Asimismo, los inspectores de la Patrulla Caminera advierten que, además de la multa también procederán a la demora del vehículo del infractor.