Filadelfia, RCC.- La propuesta contempla la utilización de tapabocas en lugares cerrados, sean públicos o privados, en donde exista un número mayor a 5 personas y cuya distancia sea menor a 1,5 metros. La exigencia rige para todas aquellas personas que tengan 6 años de edad en adelante.
De acuerdo al documento, los sitios específicos que están contemplados son:
- Establecimientos de salud, públicos y privados.
- Establecimientos de educación básica, media y superior.
- Centros comerciales, hoteles, farmacias, bibliotecas y demás establecimientos comerciales o sociales similares de libre acceso al público.
- Establecimientos de culto religioso.
- Discotecas, restaurantes, casinos y actividades similares.
- Establecimientos donde se fabriquen, depositen o manipulen productos, medicamentos o alimentos.
- Establecimientos deportivos destinados al público como estadios o gimnasios con excepción de los deportistas mientras realicen la práctica del deporte.
- Cualquier lugar o establecimiento privado en el que se concentren más de 5 personas para cualquier actividad.
Asimismo, el proyecto contempla la obligatoriedad del uso de tapabocas en aquellos lugares abiertos en los que no haya posibilidad de mantener una distancia de 1,5 metros.
En caso de incumplimiento, la normativa establece una multa del 25% del salario mínimo, lo cual equivale a un monto superior a los G. 500.000.
Se prevé una excepción a la regla para aquellas personas que tengan contraindicado por motivos de salud debidamente justificado o personas con discapacidad que haga inviable su utilización.














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