No obstante, el Departamento de Estado ha aclarado que la directriz no es un cierre total de fronteras, sino la implementación de un «período de revisión de carga pública». El objetivo es garantizar que nadie que ingrese a los Estados Unidos con intención de residencia permanente se convierta en una carga financiera para el contribuyente norteamericano.
Es crucial entender que la restricción es específica y no afecta a todos los viajeros por igual. Aquí los puntos clave para comprender su alcance real:
Pausa, no cancelación: El Departamento de Estado continuará programando citas y realizando entrevistas. Los solicitantes pueden seguir con sus procesos, pero el visado físico no será entregado mientras la pausa esté vigente.
Solo visas de residencia (Inmigrante): Esta orden NO afecta a las visas de turista (B1/B2), de negocios o de estudiante. Los viajes temporales no inmigrantes siguen operando bajo las normativas actuales.
Blindaje a visas vigentes: Si usted ya posee una visa de inmigrante válida, la medida no la revoca. Usted puede ingresar al país, sujeto a las verificaciones regulares de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
El factor de la doble nacionalidad: Existe una «vía de escape» para quienes poseen doble ciudadanía. Si el solicitante utiliza un pasaporte de un país que no está en la lista de restricción, podrá recibir su visado sin inconvenientes.
LA DOCTRINA DE LA «CARGA PÚBLICA»
El trasfondo de esta decisión es la revisión completa de las políticas del Departamento de Estado para asegurar que los nuevos residentes sean económicamente autosuficientes.
La administración Trump busca filtrar a quienes puedan depender de programas de asistencia social, priorizando a aquellos que demuestren capacidad de sostenerse por medios propios.
Para los países de «alto riesgo» o con economías inestables, el escrutinio será total. El mensaje de la Casa Blanca es directo: el privilegio de la residencia en EE. UU. estará ligado estrictamente a la capacidad financiera del individuo.
