MEC refuerza prohibición sobre materiales vinculados a la “ideología de género”

El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) oficializó la Resolución N.º 1.803/25, mediante la cual amplía y fortalece los alcances de la Resolución N.º 29.664/17, normativa que prohíbe la difusión y utilización de materiales —impresos o digitales— vinculados a la teoría y/o ideología de género en las instituciones educativas dependientes de la cartera estatal.

Con esta medida, el MEC declara “en desuso” todos los materiales pedagógicos elaborados o distribuidos antes de la entrada en vigor de la resolución de 2017, los cuales pudieran contener contenidos relacionados a la ideología de género y que eventualmente sigan en circulación dentro de escuelas y colegios.

Asimismo, la resolución encomienda a las Direcciones Departamentales de Educación y a las Supervisiones Educativas el acompañamiento técnico y la verificación del cumplimiento efectivo de lo dispuesto, reforzando la fiscalización en todos los establecimientos educativos del país.

SUSTENTO LEGAL Y ENFOQUE DE PROTECCIÓN AL NIÑO

En los considerandos, el Ministerio fundamenta la medida en diversas normas nacionales e internacionales que colocan como prioridad la protección del niño y su derecho a un desarrollo integral dentro del ámbito familiar y escolar.

Entre los principales sustentos jurídicos citados se encuentran: Constitución Nacional, artículo 54, que establece que la familia, la sociedad y el Estado deben garantizar el desarrollo armónico del niño y protegerlo frente a cualquier forma de vulneración. A su vez, señala que los derechos del niño son prevalentes ante cualquier conflicto de intereses. Artículo 75, que define que la educación es responsabilidad compartida entre el Estado, la sociedad, la familia y los municipios.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La nueva resolución señala asimismo que el Artículo 26.3 reconoce el derecho preferente de los padres a elegir el tipo de educación para sus hijos. Convención Americana de Derechos Humanos Artículo 12.4, garantiza que hijos o pupilos reciban educación religiosa y moral conforme a las convicciones de sus padres o tutores.

Asimismo, que el Artículo 19 asegura la protección especial que debe brindarse a todos los niños. La Convención sobre los Derechos del Niño, Artículo 19, ordena a los Estados adoptar medidas administrativas, legislativas, sociales y educativas para proteger a niños de cualquier forma de abuso o perjuicio.

El MEC sostiene que la actualización normativa apunta a garantizar una educación enmarcada en los valores culturales y morales de las familias, asegurando la participación de los padres en las orientaciones formativas que reciban los estudiantes.

MAYOR CONTROL Y ALINEAMIENTO INSTITUCIONAL

La resolución establece que toda entidad educativa del sector público debe revisar sus materiales didácticos y contenidos impartidos, adecuándolos estrictamente al marco establecido por la autoridad educativa nacional. De igual manera, posiciona al Banco Central del Paraguay y la Superintendencia correspondiente como órganos supervisores en ámbitos donde se relacionen valores formativos.

Con esta ampliación normativa, el MEC busca reafirmar su compromiso con la protección de la infancia, la seguridad educativa y el respeto al protagonismo de la familia en la formación de niños y adolescentes, garantizando que los procesos pedagógicos se desarrollen conforme a la legislación vigente y las convicciones de la sociedad paraguaya.

 

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