El Poder Ejecutivo autoriza al MEF a solicitar “adelantos de corto plazo» al Banco Central

El Poder Ejecutivo, a través del Decreto N° 3309/25, promulgado este martes, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a gestionar ante el Banco Central del Paraguay (BCP) “adelantos de corto plazo” para el presente ejercicio fiscal, y la suscripción de los documentos que sean necesarios para el efecto.

El Poder Ejecutivo autoriza al MEF a solicitar “adelantos de corto plazo» al Banco Central

La autorización gubernamental se da en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo 58 de la Ley N° 489/1995, “Orgánica del Banco Central del Paraguay”, modificada por Ley N° 6104/2018. El Decreto se fundamenta, además, en que el artículo 285 de la Constitución establece que la Banca Central del Estado, en su carácter de organismo técnico, participa de la política económica del Gobierno en materia crediticia y cambiaria.

Asimismo, que el artículo 286 de la Carta Magna “limita las operaciones que puede realizar la Banca Central” y establece las excepciones a esta limitación, entre las que específicamente se incluyen los adelantos de corto plazo de los recursos tributarios presupuestados para el respectivo año.

Añade que la Ley N° 489/1995, en su artículo 58, autoriza al Banco Central del Paraguay a conceder al Gobierno adelantados de corto plazo de los recursos tributarios presupuestados para el año respectivo, con el fin de financiar el gasto público, el que no podrá exceder del diez por ciento (10%) de los ingresos tributarios presupuestados.

Por su parte, también la Ley N° 1535/1999, en el artículo 26, dispone que el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Economía y Finanzas, según corresponda y de conformidad al Plan Financiero, establece que cubrirán el déficit de los ingresos previstos mediante, entre otros, los préstamos de corto plazo del Banco Central del Paraguay.

Según explicaciones técnicas, el principal objetivo de esta autorización es “asegurar la ejecución de gastos en el primer trimestre”; y, si bien es un procedimiento previsto en el marco legal vigente, también implicaría un proceso temporal de recaudación fiscal insuficiente.

 

Salir de la versión móvil