El nuevo salario mínimo legal será de 2.798.309 guaraníes, mientras que el jornal mínimo se establecerá en 107.627 guaraníes.
La medida responde a la recomendación del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), basada en la inflación acumulada medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), según lo informado por el Banco Central del Paraguay.
El decreto autoriza además al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a reglamentar y publicar los salarios mínimos para diversas actividades especificadas.
Esta disposición tiene como objetivo asegurar la adecuada implementación del reajuste y el cumplimiento de los criterios técnicos establecidos por el Consejo Nacional de Salarios Mínimos.
El reajuste salarial busca compensar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores conforme al aumento de precios de los productos de la canasta básica.
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