En la página de la Conmebol se puede observar que la serie de multas impuestas a Cerro Porteño en primer punto es por la infracción del artículo 11.2 Literal I, en este punto se hace referencia a causar la interrupción o el abandono de un partido o ser responsable directo o indirecto.
En otro punto también se indica que el Ciclón incumplió con el artículo 12.2 Literal C, en este punto se refiere directamente al mal comportamiento de los hinchas azulgranas por haber encendido bengalas, fuegos artificiales y otros objetos pirotécnicos.
El último punto indica que Cerro Porteño incumplió con el artículo 12.2 Literal B, este punto hace referencia al lanzamiento de objetos al campo de juego. Con todo lo mencionado anteriormente, el Ciclón deberá abonar la suma de 23.000 dólares americanos por el mal comportamiento de su hinchada.
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